Disertantes
Dr. Luis Bullit Goñi
Abogado (U de BsAs) y Magister en Administración y
Políticas Públicas (U de San Andrés).
Candidato por la Argentina al Comité de la CDPD de ONU
(2008 y 2010).
Vicepresidente de la Federación Iberoamericana de
Síndrome de Down FIADOWN
Presidente del Consejo Asesor de la Asociación
Síndrome de Down de la Rep. Argentina ASDRA.
Miembro del Consejo Asesor de la Red Iberoamericana de
Expertos en DDHH y Discapacidad RIEDDH.
Autor de numerosos artículos, capítulos de libros y
libros sobre Discapacidad.
Profesor en cursos de posgrado en el país y el
exterior en materia de políticas públicas, políticas sociales y discapacidad.
Resumen Presentación
PODER
JUDICIAL, IDEOLOGÍA Y CAMBIO SOCIAL. Los jueces como actores de políticas.
Desde 2008
se encuentra vigente en la Argentina, a través de la Ley N° 26.378, la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de la ONU
aprobada en diciembre de 2006. Este es el primer tratado de DDHH del siglo XXI
y el primero que, además, ha contado en sus etapas de elaboración con la activa
participación de los propios interesados y sus organizaciones representativas.
La CDPD
establece con fuerza legal la necesidad de un cambio de paradigma en el
abordaje de las diversas acciones tendientes al reconocimiento de los derechos
de las personas con diversidad funcional (discapacidad -PcD) en virtud del cual
el mandato a cumplir impone el abandono de principios de sobreprotección y
discriminación basados en una mirada centrada en el déficit funcional de un
individuo, para asumir que “el problema” frente a la diversidad se encuentra en
la falta o inadecuación de las respuestas que, como sociedad, anteponemos entre
el individuo y el reconocimiento y goce de sus derechos.
La
Convención, en definitiva, pone en crisis y en clara necesidad de revisión 200
años de tradición jurídica al que se apegan consciente o inconscientemente los principales actores del proceso judicial
que acceden al conocimiento de situaciones de hecho en las que se asientan los
derechos de las PcD. Jueces y auxiliares de la Justicia, exhiben en sus
planteos y decisiones una ideología propia que todavía no está claramente
alienada a los principios, valores y conductas que nos exige la CDPD.
Resulta
urgente una revisión profunda de esa realidad social y política ya que el Poder
Judicial ha de jugar como factor de cambio o de retardo de las políticas
públicas y de la cultura social. Para ello, transitar hacia la conformación de
un entramado jurisprudencial que haga suyo el derecho antidiscriminador es un
deber inexorable de aquellos a los que la sociedad les ha concedido el poder
legal para ello. Desnudar la realidad de lo que sucede hoy, es el primer paso.
Dr. Claudio Flavio Augusto Espósito
Abogado – Mediador -
Diplomatura en Negociación y Relaciones Internacionales –
MIEMBRO ACTIVO de la
Comisión de Discapacidad del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
Co FUNDADOR y DIRECTOR
del Instituto de Discapacidad del Colegio de Abogados de San
Martin, Provincia de Buenos Aires
CO FUNDADOR y DIRECTOR
de la Comisión de Discapacidad del Colegio de Abogados de Ushuaia – Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlantico Sur.-
Resumen Presentación
Derechos Humanos y Discapacidad –
Judicialización única forma de visibilización
Los derechos humanos,
como elemento distintivo se fundamentan en su progresividad, como atributo de
la protección internacional, en este sentido, la concepción de dignidad
del ser humano que incluye la acceso a la justicia como elemento indispensable
para su realización. La judicialización de los derechos de las personas con
discapacidad, tiene raigambre en el Derecho Internacional, como fuente
legitimada por los Estados. La obligación de las personas con discapacidad de
judicializar sus derechos, es la única forma de poner fin a la violación de sus
Derechos Humanos.
Presenta:
Mgter. Beatriz Pérez (Don Orione)
Master en Integración de Personas con Discapacidad de la
Universidad de
Salamanca, España.
Coordinadora Docente del Postgrado de “Actualización y Profundización en
Discapacidad”. Facultad de Derecho. Universidad de Buenos Aires. Coordinadora
Técnica en la Obra “Don Orione”. Representante de las O.N.G. del sector en el Directorio
del Sistema Único. Ex-Coordinadora del "Sistema de Prestaciones Básicas
para Personas con Discapacidad". Proyecto PNUD (Programa de Naciones
Unidas para el Desarrollo-Comisión Nacional Asesora para la
Integración de las
Personas Discapacitadas). Argentina.
Miembro de las Comisiones Redactoras de las Leyes Nacionales 22.431 de “Protección Integral a
las Personas Discapacitadas” y de Ley 24.901 de “Prestaciones Básicas para
Personas con Discapacidad”, y sus respectivos Decretos reglamentarios.
Espacio de Preguntas y Respuestas
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